martes, 20 de enero de 2009

SENTENCIAN A EX ALCALDE DE SULLANA
SULLANA,PIURA
El Primer Juzgado Penal de Sullana que despacha la jueza Rosa Terán Infante de Juárez, sentencio al ex alcalde de Sullana, Karlos Bel Carcelén y el ex funcionario de la comuna chirense Eleazar Celi Niño, por el delito de incumplimiento de los deberes funcionales ante la denuncia hecha por integrantes de la Asociación de Comerciantes Mayoristas de Sullana que fueron desalojados del sector La Cebollera y reubicados en la Zona Industrial.

En el caso de Celi Niño, la jueza consideró que éste tuvo responsabilidad al omitir sus obligaciones funcionales concediendo indebidamente autorizaciones para la instalación de nuevos establecimientos comerciales de vendedores ambulantes en la zona oficial rígida de la avenida Buenos Aires con transversal Amotape y la calle Jacinto Hernández, así como las zonas adyacentes al terreno de la ex Cebollera.

Para Rosa Terán, el ex funcionario omitió dolosamente el desalojo de los nuevos comerciantes ubicados en las zonas rígidas mencionadas, las mismas que anteriormente ocupaban los comerciantes de la asociación de comerciantes mayoristas de Sullana.

Sentencia

El fallo final de la Jueza Terán Infante fue, para Celi Niño un período de prueba de un año, bajo el cumplimiento de ciertas reglas de conducta y concurrir cada 30 días al local del juzgado para dar cuenta de sus actividades, justificarlas y firmar el libro correspondiente, así como no variar su domicilio fijado sin autorización del juzgado, y fijó una multa de 30 días equivalentes a 257 nuevos soles a favor del Estado y la suma de cinco mil soles de reparación civil a favor de los agraviados proporcionalmente.

Esta misma sentencia se dictó para Karlos Bell Carcelén, que asumió la alcaldía provincial ante la renuncia de Isaías Vásquez Morán, al ser considerado por la Jueza como responsable por el mismo delito que fue considerado en agravio del estado, la sociedad de Sullana y la asociación de comerciantes mayoristas de Sullana.

Datos

Según la denuncia, cuando la mayoría de estos comerciantes habían sido reubicados en la Zona Industrial, los ex funcionarios permitieron a otros vendedores posesionarse nuevamente de la zona de la ex cebollera, que había sido declarada rígida con ordenanza municipal 06-2004 y el decreto de alcaldía 003-2005/MPS, además de haber permitido el cobro de SISA de un nuevo sol por arbitrio de mercado.

Los afectados comerciantes que cumplieron con desalojar la ex cebollera y reubicarse en la zona industrial, al verse en situación de abandono, solicitaron se realicen las acciones de desalojo de los nuevos invasores de veredas y zonas adyacentes a la avenida buenos aires y el estricto cumplimiento de la ordenanza municipal y decreto de alcaldía ya mencionados, acciones que no se cumplieron.

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